domingo, 8 de junio de 2014

Segunda actividad

Buenas tardes a todas y todos:

Luego de haber concluido en clase que es necesario un control por parte del Estado de los avances de la biotecnología, ¿cómo consideran que debe plasmarse éste?.

Lindo domingo!!!

Clara Mosquera

Pd.- No se olviden de efectuar sus comentarios hasta antes del vencimiento del plazo.

22 comentarios:

  1. CONTROL DEL ESTADO DE LOS AVANCES DE LA BIOTECNOLOGÍA
    El Estado está en la obligación de intervenir en los avances de la biotecnología para preservar la salud de las personas; a través de la creación una ley de regulación biotecnológica con el objetivo de preservar, proteger la salud y vida humana. Es importante establecer en esta normatividad permitir sólo las actividades de estas personas jurídicas y naturales para la utilización e investigación de la terapia biotecnológica. Esta ley deberá normar el funcionamiento de todas aquellas instituciones, sociedades que tienen como objeto la manipulación de organismos vivos. Dado que estos temas; vida y salud, están íntimamente vinculado a bienes jurídicos protegidos por el Estado, las personas naturales y personas jurídicas que se dediquen a otras manipulaciones con objetivos comerciales y otros, deberán ser sancionados drásticamente al haberse producido daño a las personas intervenidas en manipulaciones ilegales. Se creara un reglamento que desarrollara los aspectos necesarios para la efectiva aplicación de la Ley: requisitos y procedimientos para la realización de actividades de utilización confinada, liberación voluntaria; normas sobre información, vigilancia y control de estas actividades; responsabilidades; infracciones y sanciones, así como la constitución de un Consejo Ético de control de Organismos Modificados Genéticamente .

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  2. CASTILLO LOZADA WILIAN ESGARDO9 de junio de 2014, 11:54

    El derecho es un mecanismo idóneo para asegurar los valores básicos, justamente por su carácter general y vinculante y por la función de orientación de las conductas que desempeña en la sociedad. El Estado debe asegurar que su sistema normativo sirva de base a las cuestiones bioéticas enmarcándolas y determinándolas.
    El Estado está en la obligación de proteger los derechos fundamentales como la vida, la libertad, el libre desarrollo de la personalidad, la prohibición de tratos inhumanos y degradantes, la prohibición de discriminación, la intimidad, etc., y tantos otros que conllevan importantes repercusiones bioéticas, como por ejemplo la gratuidad de tráficos del cuerpo humano, la confidencialidad, la protección de datos, el consentimiento informado, etc.
    Pero no basta que los Estados de forma individual regulen sobre los avances de la biotecnología, ya que puede pasar que un Estado, tal como sucedió con la Alemania nazi, norme en contra de todo respeto al ser humano, y es en estas circunstancias que la comunidad internacional debe estar presta a evitar que esto ocurra, pues como misión fundamental que ejercen los instrumentos internacionales es el reconocimiento y protección de los derechos fundamentales de las personas y para esto se debe generar un derecho común que intente armonizar legislaciones y criterios en materia de bioética.

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  3. Los avances de la biotecnología deben ser controlados por el Estado a través de leyes que los regulen. Sin embargo, considero que no basta con promulgar leyes sino que además es necesaria la creación de un Comité de Bioética en el país. Este comité tendría mucha importancia porque al ser los avances en la ciencia y la tecnología demasiado rápidos, nos encontraremos en situaciones donde lo que hoy no era posible en un futuro cercano si lo es, y por ello no tendremos leyes que regulen dichos casos puesto que en un principio no existían, y es allí donde un comité que vigile y brinde soluciones acordes a lo que sucede en nuestra realidad nos será de mucha utilidad. Este comité podrá resolver los casos que se presenten y que la ley no pueda resolver porque se encuentra desfasada o aún no ha sido promulgada por tratarse de casos que hasta hace poco no se daban en la realidad del país y que se presentaron a raíz de un nuevo avance en la biotecnología. También considero que este comité debe ser conformado por diferentes especialistas que tengan conocimientos sobre estos temas para que puedan dar con sus diversos puntos de vista un panorama más amplio a los casos que se presenten y terminar dando la mejor solución.

    Alumna: Sara Rosario Lamela Cazartelli
    Código de matrícula:11020338

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  4. MARIA LISETH ENCARNACION BENITES10 de junio de 2014, 14:26

    ¿Cómo debe plasmarse el control del Estado en los avances de la biotecnología?
    A nivel mundial en la actualidad muchos son los países que han ido dictando leyes que regulan la investigación y el desarrollo de la biotecnología, esto debido al acelerado avance de ésta. Como sabemos el avance de la ciencia tiene afectación –positiva y negativa- en las personas y en la sociedad.
    En el Perú se han emitido también leyes sobre esta materia, así la Ley General de la Salud que se refiere sobre todo a las técnicas de fecundación, prohibiendo que se practiquen en personas distintas a las interesadas. Otra es la Ley 27048 que modifica algunos artículos sobre la declaración de paternidad, hacen referencia al uso de la prueba del ADN; la Ley 27104 de Prevención de riesgos Derivados del Uso de la biotecnología, cuya Finalidad es proteger la salud humana, el ambiente y la diversidad biológica; asimismo promover la seguridad en la investigación y desarrollo de la biotecnología, regular y controlar los riesgos. También encontramos en el Código Penal en el Art. 324 la regulación sobre la manipulación genética, prohibiendo el uso de cualquier técnica de manipulación genética con fines de clonación.
    Es así que podemos apreciar cómo se ha plasmado el control del Estado en la legislación referida a la biotecnología. Pero no apreciamos un control preciso y concreto en la materia. Es un tema dejado de lado, postergado. En ese sentido cabe resaltar que la finalidad de controlar ciertos aspectos de la realidad es prevenir la ocurrencia de hechos lesivos a la persona y a la sociedad misma, pero la cuestión es, ¿cómo podemos estar realmente preparados para controlar la ciencia e investigación si es en lo que menos se acentúa el interés nacional?

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  5. me parece que el estado debe tener un rol activo no solo en regulación de los avances de la biotecnología sino también en el deber de información a la población, ya que , una de las causales de esta falta de regulación es que muchas veces se ha afirmado que no habría un mayoritario grupo al cual estaría dirigido esta normativa, sin embargo cada día llegan mas casos, para los cuales no hay una normativa, casos en los que muchas veces se utiliza el derecho comparado y la doctrina, tratando de dar algún sustento, sin embargo esta labor de información se hace secundaria ante la necesidad de un estado regulador; un estado que ponga las reglas claras y un órgano que pueda resolver los casos complejos ( semejante al TC ) y de esta forma no seamos ajenos ante los avances de la biotecnología, ya que como hemos visto, muchas veces trae beneficios para el ser humano.
    lisbet huayta romero código 11020166

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  6. ¿ como debe plasmarse el control del estado en los avances de la biotecnología?
    dentro de los deberes del estado, están los deberes de promover y proteger el adecuado cumplimiento y desarrollo de los derechos de las personas, es por este fundamento que el estado si debe de cumplir un rol vigilador y regulador del empleo de la biotecnología en la vida humana.
    respondiendo a la pregunta como se plasmaría este control. creo que lo mas adecuado es que se cree un instituto legal de biotecnología y con este normas que regulen el uso adecuado de la biotecnología.

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  8. MARIBEL CALLUPE GONZALES11 de junio de 2014, 12:46

    El artículo 1 de nuestra Constitución el fin supremo del Estado es la defensa de la persona humana y su integridad; los avances de la biotecnología repercuten seriamente dentro de la esfera del ser humano, como se mencionó en clase la biotecnología ha ido desarrollando avances en todo nuestro ámbitos tantos médicos como industriales.
    En mi opinión; el Estado si debe intervenir en los diferentes tipos de avances que realice la biotecnología ya que esta concierne en al ser humano y claro está a nuestro propia naturaleza.
    La biotecnología puede ayudar enormemente al ser humano e cuanto al desarrollo de nuevas medicinas y fármacos; pero se debe tomar en cuenta que la población de saber acerca de estos fármacos para luego no sorprenderlos.
    La biotecnología también ha elaborado “alimentos” resistentes a plagas; esta cuestión debe ser analizada con sumo cuidado ya que “alimentos”, es decir lo transgénicos no necesariamente puede mejor la calidad de vida del ser humano; claro está que no se ha determinado efecto negativo de estos transgénicos aun así se debe informar a la población acerca de estos “alimentos”. Dar información clara en la tabla nutricional sobre tal contenido; y no solo eso sino el hecho de producir dichos “alimentos resistentes” pero a cambio de ello sacrificar otro recurso que es la tierra.
    La biotecnología se puede encontrar ya en nuestras vidas; y es aquí donde entra a tallar el Estado como un ente regulador, así en el caso de que algún producto transgénico sea vendido en el Perú. El Estado debe determinar a través de INDECOPI la información detallada sobre estos.
    Incluso en cuanto a algunos fármacos de “prueba” que ingresan al país, es aquí donde el Estado tiene que intervenir para generar en ellos algún mecanismo de control y así no se vulneren derechos fundamentales señalados en nuestra Constitución.

    MARIBEL CALLUPE GONZALES
    CODIGO 11020133

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  9. Debido a los avances tecnológicos la sociedad empezó a participar en la toma de decisiones relativa a problemas que ya se advertía comprometían valores inestimables en el presente y el futuro.
    La participación ciudadana se hizo notable con una exigencia insoslayable para la toma de decisiones en políticas públicas relativas a temas de biotecnología. Los constantes debates sobre alimentos y cultivos transgénicos, clonación humana (reproductiva y terapéutica), eutanasia, investigación en embriones humanos trascienden largamente los cerrados círculos científicos para trasladarse a la sociedad en sus distintos estamentos.
    La protección de los derechos fundamentales no solo está asegurada por las normas coactivas con las que cuenta nuestra legislación. También debe tomarse en cuenta las normas deontológicas y éticas que permitan contra con un cuerpo jurídico sustentado no en frías normas, sino en el derecho con su total esplendor. No se puede conformar con la legalidad, ya que la norma exige moralidad, en esta exigencia de la moralidad se da la conexión entre bioética y derecho.
    Se han creado al “Derecho Internacional de la Bioética” como una nueva rama del derecho, así también, la Convención Europea para la protección de los Derechos Humanos y la Dignidad del ser humano, y la Declaración Universal de la UNESCO sobre los derechos del hombre y el genoma humano, estos últimos complementan al primero para su mayor consolidación. Cuya creación ha sido “exigida” debido a los avances tecnológicos.
    El Derecho y la Bioética se integran y se complementan para configurar una respuesta adulta y responsable de la sociedad ante los problemas y dilemas que nos ofrece en avance de la tecnología que, según vemos, se vuelve inminente. Para que los derechos fundamentales del hombre no se co viertan en letra muerta, arrastrados por una revolución científica que avanza a pasos agigantados.
    El estado como garante de la protección de los derechos fundamentales, debe crear la legislación adecuada de acuerdo con los avances tecnológicos que se presentan constantemente.
    Sabemos que el derecho tiende a evolucionar, a cambiar, debido a que la sociedad no es un ente que se mantenga estático en el tiempo, sino, que se encuentra en constante movimiento. Tal evolución tiene que ser acompañada por un cuerpo de leyes que la proteja y que cubra sus necesidades, sin que se pierda de vista la esencia del hombre.



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  10. Lady Ipenza Sosa CODIGO: 11020034

    El Derecho es realidad sociel, es por ello que con el devenir de las sociedades y todo lo relacionado con la investigación científica, que ya ha alcanzado distintos ámbitos en los que los seres humanos estamos directamente vinculados, las llamadas ciencias de la vida, no deben escapar de sus alcances. El Estado peruano existe porque todos sus ciudadanos le han cedido algunos de sus derechos con la garantía de que el primero tenga como fin supremo la protección de la persona humana y de su dignidad; es por ello que creo que El Estado no solo debe considerar normas con rango de ley sino también normas constitucionales de Bioética, que regule todas las prácticas de la biotecnología en la que se utilicen seres humanos como ya lo hacen algunos países, con la finalizad de preservar la dignidad de las personas.

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  11. El Estado tiene el deber de proteger a sus ciudadanos y de buscar soluciones a las diversas situaciones nuevas que se van presentando en la vida del país. Considero que es pertinente que el Estado pueda controlar los nuevos avances de la biotecnología a través de las leyes (el derecho se adapta a las nuevas necesidades, por ello es cambiante).
    Aclaro que con esto no quiero decir que el Estado es quien decida qué es bueno o qué es malo en el campo científico, pero si debe asegurar que estos avances no afecten la vida de los ciudadanos. Este sería el caso por ejemplo en la industria de alimentos, cuando se habla de los Organismos Genéricamente Modificados o también llamados ¨productos transgénicos¨. En el ¨Código de Protección y Defensa del Consumidor¨ de Indecopi, en su Art. Nº 37 se indica que estos productos que son vendidos pero han tenido una modificación genética, deben tener un etiquetado indicando sus componentes genéticos modificados. Aquí el estado no prohíbe que estos productos se compren, pero si hay una protección al ciudadano pues se exige que lo que vaya a comprar pueda ofrecer una información no extensa pero si necesaria para el usuario.
    Hacer esta regulación no resulta de poca importancia por estar dirigida a un sector minoritario. Las leyes que se emiten buscan precisamente evitar que se deje sin regulación algún aspecto de la vida de la sociedad. Un ejemplo de esto es que en el campo civil, a pesar de no ser muy conocido, existe la figura de la Hipoteca Unilateral, la cual no muchas personas conocen. Si bien generó esta figura algunas dudas en el años años 90, ahora siguen siendo pocas las personas que la utilizan pero más de las que la usaron en aquel tiempo. A pesar de ser poco conocido y aún no muy regulado, la figura esta presente y es considerada en los registros, aunque no lo use la mayoría de ciudadanos. ¿Por que no intentar lo mismo en el aspecto de avances tecnológicos, que también son una realidad? y una realidad que puede poner en riesgo la salud de las personas. También esto nos demuestra que si bien ahora tal vez no son muchos los directamente afectados por los avances tecnológicos sin regulación, próximamente la cantidad puede ir en aumento. El Estado no puede ser indiferente ante estos hechos y debe procurar la protección del ciudadano y su dignidad.

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  12. Gladys Ayvar Rojas11 de junio de 2014, 16:43

    La regulación de la actividad biotecnológica en nuestro país es de gran importancia dados los enormes avances en este campo en las últimas décadas . La biotecnología tiene un elevado potencial benéfico como también nocivo , asi tenemos los avances en la medicina gracias a la ingeniería biomolecular como tambien los efectos devastadores que esta puede ocasionar si es utilizada con fines armamentistas como vienen a ser los armamentos bioquímicos. El Estado peruano como ente regulador y protector de la sociedad en su conjunto debe tomar un rol activo con relación al uso y consumo de la biotecnología en sus diversas formas puesto que esta ciencia viene desarrollandose activamente en medio de la sociedad actual y va tomando mayor vigor por los beneficios que esta ofrece a la sociedad en su conjunto , por esta razón el Estado debe brindar al ciudadano toda la información necesaria para su correcta elección respecto de la utilización de la biotecnología. El Estado debe crear un ente regulador de este tipo de actividades, creando una comisión de biotecnología adaptando su cuerpo reglamentario a los avances obtenidos en el estudio de esta materia . La biotecnologia es una realidad actual que convive con nosotros por lo tanto el el Estado peruano ineludiblemente se ve en la imperiosa necesidad de regular el ámbito de accion de esta ciencia .

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  13. ¿Cómo debe plasmarse el control del Estado en los avances de la biotecnología? La función del Estado es fundamental dado su rol de protección, el cuál consiste en satisfacer los fines fundamentales y complementarios de la población de las distintas comunidades que habitan el territorio en lo que respecta a la libertad, igualdad y demás derechos fundamentales del hombre. En calidad de tal, frente a los avances de la biotecnología, los cuales si bien en su mayoría son beneficiosos para la sociedad, existen también aquellos que resultan nocivos a esta; el Estado debe proporcionar los instrumentos necesarios que aseguren que su sistema normativo sirva de base a dichas cuestiones bioéticas enmarcándolas y determinándolas, a través de leyes de regulación biotecnológica eficaces así como el establecimiento de un Comité; es decir, enmarcar la Bioética dentro de los parámetros del Derecho, como instrumento de regulación social. Todo ello con el objetivo de prevenir la ocurrencia de hechos que lesionen la vida humana y su integridad, plasmado en nuestra Constitución como fin supremo del Estado.

    JORDAN JESÚS FRETEL LLAJARUNA - 11020330 - CUARTO AÑO

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  14. carol liñan vega 1102035011 de junio de 2014, 21:11

    Considero que la regulación mas correcta por parte del Estado, en cuanto a los avances de la Biotecnología, es la creación de leyes especificas que se encarguen de fijar limites a la utilización de esta ciencia, para que de este modo no se de un uso indiscriminado, y solo se recurra a ella en estados realmente necesarios. Nuestra Constitución Política no debe ser ajena a este tema y se debe de incorporar artículos que concuerden de manera sistemática con el cuerpo legal de la Biotecnología.

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  16. Suibell Fressia Sosa Ramirez11 de junio de 2014, 22:37

    CONTROL DE ESTADO EN LOS AVANCES DE LA TECNOLOGÍA: Por mi parte considero que si debe darse un control que regule todo tipo de avance de la biotecnologia, bien se sabe que a medida que pasan los años la biotecnología va avanzando y abriendose pasos en diferentes aspectos y muchas veces este desarrollo se va de las manos del hombre. En la sociedad existen sectores o grupos que crean mucha demanda tanto científicos como tecnológicos. La ciencia debe beneficiar a toda la sociedad, pero esta, en su papel de actividad profesional, ha perseguido un mayor estatus, debido a los intereses individuales y grupales de quienes la ejercen, traendo como consecuencia beneficios y perjuicios. Para ello, se debe emplear básicamente como mecanismos de regulación: leyes, convenios, programas, políticas, contratos, etc. Para que de esta manera se proteja nuestros derechos y no sobrepase el limite de estos.
    SUIBELL FRESSIA SOSA RAMIREZ
    11020085

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  17. ACCIONES DEL ESTADO EN LOS AVANCES BIO TECNOLOGICOS
    El desarrollo biotecnológico, resulta beneficioso en la medida que se aproveche para el bien del ser humano. El estado debe garantizar el bienestar de la población, asegurando la equidad en la competencia del mercado, porque estos avances biotecnológicos tiene un trasfondo político, social económico y otros.
    Los avances científicos en la actualidad han traído mejoras y una serie de cambios para la humanidad, pues gracias al progreso biotecnológico, nos vimos en la necesidad de intervenir en procesos del ser humano, pudiendo evitar la muerte temprana. Este dilema sobre los avances de la tecnología científica resulta muy complejo porque esta por medio la vida y desarrollo de la humanidad. Por ello el estado debe de intervenir controlando a través de normas jurídicas tomando como base los valores éticos, y tratando de evitar los futuros riesgos que podamos encontrar.
    El Estado debería ayudar, brindando apoyo a los avances biotecnológicos, como desarrollo de convenios internacionales que permitan intercambiar nuevas técnicas.
    EDITH ANGELICA MELGAREJO CORDOVA

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  18. Stefany Gonzales Rosales12 de junio de 2014, 0:01

    La investigación biotecnológica es sin lugar a dudas un campo dialéctico, día tras día se incorporan nuevos conocimientos al bagaje cultural de la humanidad. Producto de estos avances tenemos hoy una serie de situaciones que necesitan ser regulados jurídicamente. En ese sentido el Estado debe trabajar por una legislación propicia que permita de una vez por todas con las lagunas normativas que los modernos operadores del derecho tienen que afrontar.
    De otro lado es conocido que la investigación biotecnológica ha generado conflictos éticos. Por ello se hace necesario propiciar un diálogo constructivo que permita crear formas de convivencia que sean ampliamente aceptadas. El Estado debe contar con un órgano nacional idóneo dentro de la estructura de la administración pública, que adopte la forma de un órgano desconcentrado y cuya responsabilidad sea definir las políticas nacionales que plantea esta disciplina, el órgano al que nos referimos es la Comisión Nacional de Bioética .

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  19. ¿Cómo debe plasmarse el control del estado en los avances de la biotecnología?
    Como se puede apreciar todo lo existe tiene sus ventajas y desventajas; y creo yo que la mayoría de las innovaciones en biotecnología han sido dirigidas a obtener beneficios económicos más bien que empujadas por la necesidad. Así por ejemplo consideramos que la verdadera fuerza propulsora de la industria de ingeniería genética no es hacer a la agricultura del tercer mundo más productiva, sino preferiblemente generar ganancias.
    Entonces lo adecuado para las generaciones presentes y futuras es encontrar un equilibrio en su utilización ¿Cómo lograr esto? Para ello, no hay instrumento más idóneo que no sea el Estado a través de sus organismos, autoridades, instituciones, etc., como expresamente prescribe nuestra constitución en su art. 1º “La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado”; y art. 44º “Son deberes primordiales del Estado (…) garantizar la plena vigencia de los derechos humanos; proteger a la población (…) y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación”.
    Además nuestro país forma parte de El Protocolo de Cartagena de Indias sobre Bioseguridad desde el 24 de mayo del 2000. Instrumento que tiene como objetivo garantizar un nivel adecuado de protección en la esfera de la transferencia, manipulación y utilización de los organismos modificados genéticamente (OMG) que puedan tener efectos adversos sobre el medio ambiente y la salud humana. Por tanto el deber del Estado peruano es tomar las medidas legislativas y administrativas que sean necesarias para cumplir sus obligaciones fijadas sobre el papel; y velar para que el desarrollo, la manipulación, el transporte, la utilización, la transferencia y la liberación de cualquier organismo vivo modificado se realicen de forma que se eviten o se reduzcan los riesgos para la diversidad biológica, teniendo también en cuenta los riesgos para la salud humana. Inclusive desde 1999 existe una ley en el Perú “Ley 27104 — Ley de Prevención de Riesgos Derivados del Uso de la Biotecnología” que vela por la seguridad del ser humano y del medio ambiente en todo lo pertinente a la biotecnología. Desgraciadamente esta ley se basa sobre la premisa de que se trata de una tecnología inherentemente peligrosa, cuando la experiencia acumulada y el amplio uso de la tecnología demuestran lo contrario. Lo único que logra este tipo de posición es demorar la participación del Perú en el uso de la biotecnología para el bien de todos sus habitantes, y de este modo no sólo logra la pérdida de competitividad, sino que también obliga al uso de otras tecnologías que sí albergan conocidos peligros.
    ALUMNO: CAHUANA BUSTAMANTE
    CODIGO: 11020319

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  20. Luis Alberto Carrasquilla Acosta12 de junio de 2014, 9:56

    Luis Alberto Carrasquilla Acosta 4to año cod 11020137
    Las numerosas novedades tecno científicas de la industria biológica en expansión hacen crecientemente difícil la previsión jurídica de sus efectos. Un ejemplo; cuando en España se logró la prohibición legal de la inseminación artificial con esperma procedente de sujetos cero positivos ya existía al parecer una técnica fiable de lavado de esperma de los afectados por el síndrome; sin embargo, pese a ello el Estado en su rol garantista debe crear un “Marco Legislativo Regulador de los avances de la Biotécnica” tomando ejemplos de países desarrollados en los que la biotecnología dejo precedentes en su accionar y es necesario, asimismo considerar partir del principio “riesgo-seguridad” estableciendo de manera rigurosa filtros en los cuales se determinaría -en base a la ciencia- los límites aceptables que estamos dispuestos a asumir. El Estado debe plasmar una política destinada a promover la información y sobre todo desarrollar programas de atención personalizada asistencial, acercando de esta manera la biotécnica al ciudadano.
    En esa misma línea de ideas, los múltiples recursos que la biotecnología pone a nuestra disposición y el alcance de los bienes afectados por los mismos, nos impiden afirmar que ellos estén protegidos por el solo recurso a la responsabilidad moral o deontológica (inmersa en nuestro Código Civil y en el propuesto “Marco Legislativo Regulador”), por esto se hace necesario “pensar” en otra responsabilidad exigible mediante el recurso al instrumento jurídico en su doble dimensión estatal e internacional.

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  21. Javier Jhonatan Rojas Herreros14 de julio de 2014, 23:45

    CONTROL DE ESTADO EN LOS AVANCES DE LA BIOTECNOLOGÍA
    El Estado como ente regulador de la sociedad, debe legislar en materia biotecnologica, ya que considerando a la biotecnología podría definirse como "toda aplicación tecnológica que utilice sistemas biológicos y organismos vivos o sus derivados para la creación o modificación de productos o procesos para usos específicos" Segun Convenio sobre Diversidad Biológica de 1992
    Asi mismo la Constitucion Politica del Peru en su Art. 1 nos indica que el fin supremo de la sociedad y el estado es la dignidad humana.
    Por ejemplo, dia a dia se descubren nuevas cosas tanto buenas como malas, diferentes enfermedades, nuevas curas; y las curas se dan gracias al avance de la biotecnologia. Por ello el estado debe regular estos avances para que no perjudique al ser humano y aya un control del uso de organismos vivos utilizados para el avance biotecnologico.
    Javier Jhonatan Rojas Herreros
    11020311

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  22. Profesora, yo recién me he rectificado en la segunda rectificación de matrícula (recientemente) y Ud. me ha dado plazo hasta las 00 horas de hoy miércoles. Mayra Alarcón Coll-Cardenas (10020057)

    2.- El control del Estado sobre los avances de la biotecnología debería plasmarse mediante la regulación adecuada en cuanto a las limitaciones al tema. Para garantizar el respeto y cumplimiento de dichas imitaciones es necesario que el Estado promueva antes los debates del tema desde distintos enfoques (del Derecho, de la Filosofía, de la Sociología, de la Sicología, etc.) en las universidades públicas y privadas del país conjuntamente y en coordinación con los organismos internacionales en materia de derechos humanos; ya que, desde luego estos temas están íntimamente vinculados con las consecuencias de la biotecnología.

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